Política

 miércoles 17 de diciembre de 2025

 

Por enfermedad, exrepresentante a la Cámara Gustavo Puentes podría salir de la cárcel

Foto: Cámara de Representantes

Corte Constitucional le concedió medida sustitutiva de la pena debido a su estado de salud.

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La Corte Constitucional falló favorablemente una acción legal interpuesta por el exrepresentante a la Cámara por Boyacá, Gustavo Puentes Díaz, en la que le concede medida sustitutiva de la pena que actualmente paga en la cárcel La Picota de Bogotá.

La decisión amparó transitoriamente los derechos fundamentales a la vida digna y a la salud del político boyacense, con el fin de que el juez natural realice una nueva valoración sobre la posible incompatibilidad de su situación de salud con la reclusión intramural, debido a que Puentes Díaz padece de una enfermedad recurrente y refractaria, con múltiples recaídas”, indicó la Corte Constitucional.

El alto tribunal dispuso ordenar, como medida transitoria, la sustitución de la ejecución de la pena concedida al accionante por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Yopal en el resolutivo primero del auto interlocutorio No. 0194 del 30 de julio del 2024.

Las enfermedades recurrentes son aquellas que regresan o reaparecen después de un período de mejora o tratamiento (como infecciones urinarias o ciertos cánceres), mientras que las refractarias son enfermedades (a menudo cáncer o dolor crónico) que no responden o dejan de responder a múltiples tratamientos convencionales, indicando resistencia a las terapias existentes, y a menudo requieren enfoques más avanzados

Una medida sustitutiva de la pena es un beneficio legal que reemplaza la cárcel (pena privativa de la libertad) por alternativas menos severas, como arresto domiciliario o trabajos comunitarios, para facilitar la resocialización del condenado, racionalizar el uso de las prisiones y respetar sus derechos (como es el caso), siempre que cumpla ciertos requisitos legales, como no tener antecedentes graves y demostrar arraigo, y no aplica para delitos muy graves.

El exrepresentante tiene una condena de la Corte Suprema a cinco años y siete meses de prisión por el delito de tráfico de influencias.

Fuente: BR Prensa

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