Política

 lunes 11 de noviembre de 2019

 

Medio día de descanso laboral por votar

Foto: Caracol Radio

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Con el certificado electoral los colombianos podrán descansar medio día. Le mostramos las fechas.

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Como lo argumenta el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, los colombianos que presenten a su empleador el certificado electoral, podrá exigir medio día de descanso laboral.

Esto solo aplica hasta el 27 de noviembre del año en curso, hasta esa fecha el empleador no podrá negarse a brindar el tiempo de descanso. Por otro lado podrá organizar el momento en el que el empleado descanse de modo que la empresa no se afecte, pero no podrá negarse según la ley.

Por otro lado, los votantes también podrán recibir descuentos en matriculas universitarias, en trámites para la obtención del pasaporte y Libreta Militar.

Fuente: BR - Angie Sánchez

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