Gob. de Boyacá

 martes 02 de marzo de 2021

 

Segunda entrega del Programa Alimentario Escolar continuará en Ración para Preparar en Casa

Foto: Gobernación de Boyacá

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Así lo anunció el Secretario de Educación de Educación de Boyacá en una circular enviada a los actores de esta iniciativa.

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El secretario de Educación de Boyacá, Jaime Raúl Salamanca Torres, anunció a todos los actores de la comunidad educativa, mediante la circular 016 del 1 de marzo de 2021, que se hace necesario que la segunda entrega del complemento alimentario del calendario escolar, que inició el primer día del mes de marzo, continúe mediante la modalidad de la Ración para Preparar en Casa -RPC-.

En la circular se explica que la entidad desea seguir implementando estrategias que garanticen medidas de protección y bioseguridad ante el COVID-19, motivando el trabajo en equipo y el compromiso de los actores para el beneficio de los niños, niñas y adolescentes del Departamento. Con base en lo anterior, es objeto primordial contribuir al acceso con permanencia para seguir enfrentando el reto de la educación en casa o alternancia educativa #PrimeroLaVida.

Se recuerda, además, que la administración del gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame, pensando en beneficiar a los estudiantes del departamento, en el mes de diciembre celebró convenios interadministrativos con los 123 municipios, con el fin de garantizar la continuidad del Programa de Alimentación Escolar – PAE, desde el primer día calendario escolar del año en curso y atendiendo lo establecido en la Resolución 29452 de 2017 (MEN) y Resolución 007 de 2020 emitida por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender (UApA), la cual permite la entrega del complemento alimentario en casa durante la vigencia de la emergencia sanitaria, decretada por el Gobierno Nacional y hasta tanto permanezca vigente esta modalidad de aprendizaje.

Es de anotar, que el convenio interadministrativo celebrado con cada municipio cubre las modalidades de entrega del complemento alimenticio contempladas en la resolución 29452 de 2017, emitida por el Ministerio de Educación Nacional y las Resoluciones 006 y 007 de 2020, emitidas por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar- Alimentos para aprender. Lo anterior, con el fin de garantizar el PAE, en cualquiera de los escenarios que se puedan presentar atendiendo la presencia del COVID-19 en el país.

Sin embargo, teniendo en cuenta que en este momento en el Departamento de Boyacá y las decisiones del Comité de Contingencia Educativa la mayoría de Instituciones Educativas continúan en periodo de aprendizaje en casa y aquellas que se encuentran en alternancia, solo cuentan con un aforo del 30% de los estudiantes los cuales permanecen sólo 3 horas al día en la Institución, debido a la emergencia sanitaria causada por el coronavirus (COVID-19), la cual ha sido extendida hasta el 31 de mayo de 2021, mediante la Resolución 222 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, se hace necesario que la segunda entrega del complemento alimentario del calendario escolar se continúe mediante la modalidad de la Ración para Preparar en Casa, la cual estará compuesta de los siguientes alimentos.

Notas:

En todo caso los alimentos que se suministren en el PAE en Casa deben cumplir con lo establecido en la normatividad sanitaria vigente y los lineamientos que para el efecto y en el marco de la Emergencia expida el sector salud, quien es la entidad competente en este aspecto.
No se aceptan intercambios de leguminosa: Frijol, lenteja y arveja seca. Se deben entregar las tres leguminosas establecidas en la RPC.
El huevo de gallina debe ser fresco y tener como mínimo un peso bruto de 55 gramos, Referencia A, según Norma Técnica Colombiana - NTC 1240 de clasificación de los huevos.
Esta canasta básica se entregará 1 vez al mes con una distribución para un periodo de 4 semanas de 5 días, por estudiante.

La canasta de RPC entregada es idéntica para cada estudiante y no dependerá del grupo etario.
Se debe entregar cada uno de los productos de acuerdo con los gramajes y cantidades especificados en el cuadro anterior.
En el caso donde no se encuentre leche de 400 gramos, se podrá entregar un paquete de leche en polvo no azucarada de 380 gramos y dos huevos adicionales por RPC conforme a los lineamientos técnicos, para lo cual NO es necesario allegar solicitud de autorización al PAE.
Se recomienda que, por ser la panela y el bocadillo productos de la región, sean éstos los productos de preferencia del grupo de alimentos de azúcares y dulces; igualmente, adquirir los productos con proveedores que cumplan con el gramaje estipulado y los requisitos sanitarios en la Resolución 779 de 2006 (panela) y Resolución 3929 de 2013 (Bocadillo de frutas).
Todos los productos deben contar con registros, permisos o notificación sanitaria, en el caso que aplique, además de estar etiquetados como lo establece la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Previo a la entrega de RPC, en caso de que algún producto cuente con certificación de agotamiento de etiqueta deberá informar y allegar el respectivo soporte para su verificación.
Los alimentos suministrados deben estar libres de cualquier tipo de contaminación (física, química y biológica), garantizando la calidad e inocuidad de los alimentos, dando así cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2674 de 2013.
El huevo de gallina debe ser fresco, de cáscara fuerte, sin grietas, homogénea y libre de contaminación, las cubetas deben ser de primer uso, estar limpias, libres de olores, manchas, no deben presentar humedad ni arrugas, libre de daños en las celdillas, pestañas uniformes y bien definidas, color uniforme y estar en buen estado.
El material del empaque utilizado para el embalaje de la RPC debe estar en buenas condiciones, resistente y de primer uso que permitan la visibilidad y protección del contenido facilitando la manipulación de los paquetes.
Estos son los compromisos y responsabilidades de los actores del programa

Con base en la Resolución 29452 de 2017 en atención a la corresponsabilidad y trabajo en equipo que debe existir en cada uno de los actores del -PAE-, además de tener en cuenta las orientaciones de la Circular 002 de 2021, se deberá observar lo siguiente:

Municipios

Convocar oportunamente a comités de seguimiento operativo municipal, previo a la entrega de RPC promoviendo una participación activa de todos los actores del programa y donde se genere un acta y consideren los siguientes aspectos: Socialización de aspectos relevantes descritos en los convenios Gobernación – municipio; II. Presentación formal del operador contratado, directrices estipuladas en las circulares y resoluciones; III. Socialización del cronograma y logística a implementar en las jornadas de entrega y generación de acciones de mejora cuando sea necesario. El comité de Seguimiento operativo Municipal deberá ser adelantado en la semana inmediatamente anterior al primer día de la entrega, con el fin de establecer las condiciones y logística requerida para garantizar la entrega del complemento alimentario.
Solicitar por escrito los intercambios que se requieran con la debida justificación y autorización del equipo PAE, de lo contrario no serán reconocidos para el pago.
En el caso de desabastecimiento o intercambios de productos, el municipio deberá informarlo por escrito al equipo PAE de la Gobernación de Boyacá antes de la entrega, con el fin de analizar y autorizar el alimento que lo sustituye. En el caso de intercambio deberá presentarse el análisis nutricional y soporte de costos del producto a intercambiar.
Realizar un seguimiento riguroso a los recursos de destinación específica de transporte y personal encargado del alistamiento, empaque y entrega del complemento alimentario.
Dar respuesta y entrega oportuna de los requerimientos solicitados por el programa y presentar las ejecuciones de cada entrega en los tiempos establecidos.
Operadores

Diseñar y socializar los cronogramas de las jornadas de entrega del complemento alimentario a los diferentes actores del programa de manera oportuna, priorizando la entrega de los complementos en espacios al aire libre, tales como patios, multicanchas o pasillos. De no ser posible, se hará la entrega en lugares con adecuada ventilación y con espacio suficiente. En el caso que la entrega se efectúe en un lugar cerrado, las personas deberán ingresar una a una y la zona de espera deberá estar en un lugar abierto. (Resolución 006 y 007 de 2020)
Generar estrategias para evitar el contacto entre personas, se deberá disponer de un sistema que permita al padre, madre o acudiente, tomar por sí mismo el paquete, manteniendo la distancia suficiente.
Entregar productos con los gramajes estipulados y parámetros de calidad contemplados en las fichas técnicas adjuntas en los convenios suscritos para esta vigencia.
Publicar en un lugar visible los componentes de la RPC, ciclos de menús, las recomendaciones de uso e inocuidad de los productos y las medidas de bioseguridad y autocuidado.
Es responsabilidad del operador garantizar que su personal contratado sea el adecuado en la cantidad requerida acorde a la logística generada en las entregas y cuente con la dotación completa, requisitos sanitarios, higiénicos y bioseguridad.
Padres de familia

Implementar y cumplir los protocolos de bioseguridad (uso correcto de tapabocas, que cubra nariz y boca, distanciamiento mínimo de 2 metros, lavado de manos) en cada una de las entregas del paquete de la RPC.
Presentar documento de identidad del beneficiario y del acudiente durante el registro en cada una de las entregas de la Ración Para Preparar en Casa – RPC.
Cumplir con las fechas y horarios establecidos en el cronograma propuesto en el comité de seguimiento operativo municipal.
El padre de familia o acudiente deberá verificar en sitio que el paquete que se le entrega, esté compuesto por cada uno de los productos, cumpliendo con los gramajes y cantidades establecidas.
Dar cumplimiento a las orientaciones dadas en la entrega de la RPC (recomendaciones de uso e implementación del ciclo de menú descritos en la minuta patrón).
Fortalecer hábitos de vida saludable en casa.
Recordar que el objeto principal del Programa de Alimentación Escolar es el acceso con permanencia a la Educación, por lo que se sugiere incentivar en los estudiantes la responsabilidad y cumplimiento de sus actividades académicas.
Rectores

Registrar, actualizar y validar la información referente a los titulares de derecho del PAE de forma oportuna en el SIMAT y/o en los sistemas de información establecidos desde el Ministerio de Educación Nacional, puesto que no será posible la entrega de raciones a estudiantes que no se encuentren debidamente matriculados y actualizados en dicho sistema.
Realizar el proceso de focalización de los titulares de derecho del PAE, en el marco del Comité de Alimentación Escolar, una vez hayan sido priorizados por las secretarías de Educación.
Suministrar oportunamente las listas de los estudiantes focalizados, junto con los acudientes de cada beneficiario inscritos en la plataforma SIMAT. Posterior a las entregas el Rector o su delegado certificará que las actas de entrega coincidan con los acudientes debidamente inscritos en la plataforma SIMAT.
Participación activa en los comités de seguimiento operativo municipal previos a cada jornada de entrega de RPC.
El suministro de la RPC no está sujeto al rendimiento escolar de los estudiantes, ni a la presentación oportuna de trabajos escolares, dado que prevalece el Derecho fundamental a la Educación en el marco de una alimentación nutritiva y equilibrada como estrategia para garantizar el desarrollo armónico e integral de todos los niños, niñas y adolescentes.
Canales de atención

Para la presentación de felicitaciones, peticiones, Inconformidades, quejas o reclamos, se pueden hacer a través de los siguientes medios:

Página web: crea.boyaca.gov.co

Correo electrónico: pae.crea@boyaca.gov.co

Sistema de Atención al Ciudadano de la Secretaria de Educación de Boyacá

O en nuestras redes sociales

Facebook: @PAlimentarioBoyaca

Twitter: @PAlimentarioBoy

Lo anterior reitera el compromiso que tiene nuestro Gobernador de Boyaca, Ramiro Barragán Adame y los alcaldes de Boyacá con los estudiantes del departamento en este periodo de pandemia, brindando las orientaciones claras que garanticen las condiciones requeridas para las entregas de RPC, de manera que no se ponga en riesgo la integridad de los estudiantes.

Fuente: Gobernación de Boyacá

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