Boyacá

 martes 31 de marzo de 2020

 

Gobierno brinda facilidades a licoreras para producir alcoholes y antisépticos para el sector salud

Foto: NLB

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“Las industrias licoreras en Colombia podrán con libertad producir muy rápidamente alcoholes para soportar los cuidados de servicios médicos”, informó el Ministro de Salud y Protección Social.

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El funcionario dijo, con respecto a las pruebas rápidas para el coronavirus, que “vamos a poder tener la facilidad de poder entrar al país, validar las pruebas y ponerlas a disposición de las EPS y por supuesto, de los colombianos”.
El Gobierno Nacional anticipó el giro de 2,1 billones de pesos para darles liquidez financiera a clínicas y hospitales del país.

En el contexto de la emergencia sanitaria nacional, el Gobierno brindará facilidades para producir alcoholes y estableció pautas para la fabricación e importación de elementos clave para el sector salud, de cara a la pandemia del COVID-19.

En efecto, el Ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz, quien participó en el especial televisivo ‘Prevención y Acción: Avance en programas sociales y planes de alivio económico’, moderado por el Presidente Iván Duque, señaló que la cartera a su cargo expidió las Resoluciones 520 y 522.

La Resolución 520 establece los requisitos para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos para el uso en la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19.

El funcionario explicó que esa norma se relaciona con la fabricación de alcoholes, antisépticos y bricoles que “son esenciales, que incluye la producción, comercialización y venta de estos productos”.

Afirmó que, con respecto a esos elementos, “las industrias licoreras en Colombia podrán con libertad producir muy rápidamente alcoholes para soportar los cuidados de servicios médicos”.

Así mismo, la Resolución 522 establece requisitos para la importación y fabricación en el país de reactivos de diagnóstico in vitro, dispositivos médicos, equipos biomédicos y medicamentos, declarados vitales no disponibles, requeridos para la prevención, diagnósticos y tratamiento, y seguimiento del COVID-19.

El Ministro Ruiz explicó que la norma cobija todo lo que implique “medicamentos, pruebas diagnósticas, elementos de protección personal, dispositivos médicos; por lo menos cuatro o cinco rubros específicos que atienden lo que requieren los pacientes para su diagnóstico, lo que requieren para el manejo y tratamiento de la enfermedad, lo que se requiere por parte de los médicos para estar adecuadamente protegidos”.

“Esto implica que vamos a tener un proceso mucho más expedito para poder tener esos elementos de manera inmediata. El Invima no va a tener trabas para poder hacer esta aprobación”, agregó.

Fuente: Casa de Nariño -Colombia

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