Política

 miércoles 30 de mayo de 2018

 

Limitan facultades de la JEP

Foto: NuevoSiglo

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Los excombatientes de las FARC no podrán ser juzgados si fueron pedidos en extradición

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Las comisiones primeras de Cámara y Senado aprobaron el articulo JEP, para juzgar previamente a os excombatientes de las Farc que sean pedidos en extradición. El asunto se encontraba en espera debido a la primera vuelta de las elecciones presidenciales 2018.
Las comisiones se dieron en l votación del proyecto ed ley que da el procedimiento para la justicia transicional procese a los actores del conflicto armado.

En el caso de Jesús Santrich se evidenció uno de los artículos más polémicos de la ley que hablaba de las facultades de la JEP en cuanto a excombatientes de la ex guerrilla que sean pedidos en extradición.
Los ponentes de la iniciativa insisten en que la JEP se limitaría a avalar las fechas en que se cometió el delito en cuestión, razón por la que se pide la extradición y que este haya sido cometido luego e firmado el acuerdo de paz.
Sin embargo, los abogados del movimiento político de la ex guerrilla aseguran que era necesario que se incluyera en ese articulo que la JEP podría realizar el juzgamiento de los exintegrantes, como paso previo a avalar su extradición.

El Congreso avaló la posición de los ponentes de la iniciativa y Gobierno, aportado por 11 a favor del si y 0 por el no en el Senado y 22 por el si y 0 por el no, en Cámara.
Se espera que este quede aprobado antes del 20 de junio, luego de que las comisiones primeras evacúen el proyecto de ley de procedimiento de la JEP y así se cumplan con los dos pasos finales.

Fuente: Angie Sánchez - PortalBoyacá

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